A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante De Oficio Procesado Paspur Galindres Jose Ricardo·Demandado Paspur Galindres Jose Ricardo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ospina, Nariño, y el Resguardo Indígena de Guachucal, Nariño.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en un proceso penal adelantado en contra de un ciudadano indígena, por la presunta comisión del delito de extorsión agravada.
Al adelantar el ejercicio de ponderación requerido para la activación de la jurisdicción especial indígena, la Corte encuentra que, en el caso objeto de estudio se acreditaron los factores personal y territorial, sin embargo, en lo que respecta al factor objetivo, la Corte encontró que los bienes jurídicos afectados conciernen tanto a la comunidad indígena como a la sociedad mayoritaria, por lo que este elemento no define por si solo una solución específica.
En lo atinente al factor institucional, la Sala precisó que este tenía que ser evaluado a partir de las características del ilícito y de la no pertenencia de la víctima al resguardo indígena.
De ese modo, aunque la comunidad expresó su voluntad para asumir el conocimiento de la causa penal y demostró la existencia de autoridades y procedimientos encausados para el efecto, no acreditó la existencia de garantías efectivas para la satisfacción plena de los derechos de la víctima, quien no pertenece al Resguardo Indígena de Guachucal.
Con fundamento en lo anterior, la Sala Plena de la Corte Constitucional remitió el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Ospina (Nariño) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Resguardo Indígena de Guachucal (Nariño) y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Ospina (Nariño) y el Resguardo Indígena de Guachucal (Nariño), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Promiscuo Municipal de Ospina (Nariño) es la autoridad judicial competente para conocer del proceso penal adelantado en contra de José Ricardo Paspur Galindres.
- SEGUNDO. REMITIR?el expediente CJU-706 al Juzgado Promiscuo Municipal de Ospina (Nariño) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Resguardo Indígena de Guachucal (Nariño) y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.